Micelio

Artículo 2.2.13.2.5

Contratos Plan De Asociatividad Territorial Con La Nación

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contratos Plan de asociatividad territorial con la Nación. El Gobierno Nacional a través del Departamento Nacional de Planeación podrá suscribir Contratos Plan con los esquemas asociativos para la ejecución de programas del Plan Nacional de: Desarrollo, cuando lo considere pertinente y el objeto para el cual fueron creadas dichas asociaciones lo permita; previa aprobación de su órgano máximo de administración atendiendo los principios consagrados en la Ley de Ordenamiento Territorial. Las asociaciones de municipios, asociaciones de departamentos, las áreas metropolitanas, las asociaciones de distritos especiales podrán constituir el esquema asociativo y unir esfuerzos con la Nación para la ejecución de programas del Plan Nacional de Desarrollo en un mismo Contrato Plan, siempre y cuando se observen los requisitos previstos en los artículos 2.2.13.1.1.2 y 2.2.13.1.2.4 de este título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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