Micelio

Artículo 4

La Comisión Redactora Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Elaborar Un Anteproyecto De Código Nacional De Policía, Que Consulte Los Adelantos De La Ciencia Moderna Y Esté En Armonía Con Las Disposiciones Del Código Penal Vigente; B) Presentar, Dentro Del Año Siguiente A La Fecha De Este Decreto, El Anteproyecto De Código Nacional De Policía, Dividido En Títulos, Capítulos, Artículos Y Parágrafos, Y Con Su Correspondiente Exposición De Motivos

Decreto 1676 de 1938 · Por el cual se hace un nombramiento en el Cuerpo Auxiliar del Órgano Judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Comisión Redactora tendrá las siguientes funciones

a)

Elaborar un anteproyecto de Código Nacional de Policía, que consulte los adelantos de la ciencia moderna y esté en armonía con las disposiciones del Código Penal Vigente;

b)

Presentar, dentro del año siguiente a la fecha de este Decreto, el anteproyecto de Código Nacional de Policía, dividido en títulos, capítulos, artículos y

Parágrafo

s, y con su correspondiente exposición de motivos. Esta presentación se hará al señor Ministro de Gobierno por conducto del Secretario General del Ministerio; c) Celebrar una reunión diaria, durante un tiempo que no podrá ser inferior a tres horas cada una; d) Llevar cuidadosamente las actas; e) Informar al señor Ministro de Gobierno, por conducto del Secretario General del Ministerio, en los primeros cinco días de cada mes, sobre la labor realizada en el mes anterior; f) Organizar encuestas entre los empleados nacionales, departamentales y municipales y entre los abogados versados en estas materias de policía, sobre el procedimiento que deba adoptarse para la reforma, y sobre las bases de la misma. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1676 de 1938