°. La Comisión Redactora tendrá las siguientes funciones
Elaborar un anteproyecto de Código Nacional de Policía, que consulte los adelantos de la ciencia moderna y esté en armonía con las disposiciones del Código Penal Vigente;
Presentar, dentro del año siguiente a la fecha de este Decreto, el anteproyecto de Código Nacional de Policía, dividido en títulos, capítulos, artículos y
s, y con su correspondiente exposición de motivos. Esta presentación se hará al señor Ministro de Gobierno por conducto del Secretario General del Ministerio; c) Celebrar una reunión diaria, durante un tiempo que no podrá ser inferior a tres horas cada una; d) Llevar cuidadosamente las actas; e) Informar al señor Ministro de Gobierno, por conducto del Secretario General del Ministerio, en los primeros cinco días de cada mes, sobre la labor realizada en el mes anterior; f) Organizar encuestas entre los empleados nacionales, departamentales y municipales y entre los abogados versados en estas materias de policía, sobre el procedimiento que deba adoptarse para la reforma, y sobre las bases de la misma. Comuníquese y publíquese.