Ley 3 de 1922 · por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de gastos de la actual vigencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Ábrese al Poder Ejecutivo un crédito adicional con las siguientes imputaciones:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Congreso Nacional
Cámara del Senado
Artículo 1°. Para pagar las dietas de los Senadores y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en un mes y quince días de sesiones extraordinarias, del primero de enero al quince de febrero de 1922, así:
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.