Micelio

Artículo 2

Decreto 3730 de 1950 · Por el cual se crea un cargo y se suprimen otros. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. A partir de la fecha del presente Decreto suprimense los cargos de Ingeniero Ayudante, de Ingeniero Segundo Ayudante y Cajero-Pagador de la construcción de la carretera Caldas-Amagá-Venecia-Bolombolo, sector Venecia-Bolombolo, cargos creados por los Decretos números 910 y 1670 de 1950 y 3320 de 1946, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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