Micelio

Artículo 4

º

Decreto 451 de 1984 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para el personal que presta servicios en los Ministerios, departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas del orden nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las normas de este Decreto no se aplicarán

a)

A los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que presten servicios en el exterior.

b)

Al personal docente de los distintos organismos de la Rama Ejecutiva.

c)

A los empleados públicos de las entidades que tienen sistemas especiales de remuneración legalmente aprobados.

d)

Al personal de las Fuerzas Militares, y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifican o adicionan.

e)

Al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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