Micelio

Artículo 4

Ampliación Plazo Presentación Trimestrales

Decreto 686 de 2020 · Por el cual se adoptan disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación - exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ampliación Plazo Presentación Trimestrales . Las Zonas Francas Permanentes, Zonas Francas Permanentes Especiales, Usuarios Operadores, Usuarios Industriales de Bienes y/o Servicios y Usuarios Comerciales presentarán un solo informe correspondiente al cumplimiento de actividades y compromisos a su cargo durante el período de enero a junio de 2020 hasta el treinta (30) de julio del mismo año con los requisitos dispuestos en los artículos 74 y 82 del Decreto 2147 de 2016 y los previstos en la Resolución 2135 de 2017 expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Parágrafo

Las Zonas Francas Permanentes, Zonas Francas Permanentes Especiales, Usuarios Operadores, Usuarios Industriales de Bienes y/o Servicios y Usuarios Comerciales que para la fecha de expedición de este Decreto hubieran cumplido con la presentación del informe trimestral al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo también deberán presentar la información consolidada en el mes de julio.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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