ANEXO I CONTRIBUCIONES MINIMAS DE LOS PAISES DESARROLLADOS MIEMBROS Miembro de la OMC Contribución al Fondo Fiduciario Contribución al presupuesto anual durante los cinco primeros años Alemania Australia Austria Bélgica Canadá US$1,000,000 Comunidades europeas Dinamarca US$1,000,000 España Estados Unidos de América Finlandia US$1,000,000 Francia Grecia Irlanda US$1,000,000 US$1,250,000 Islandia Italia US$1,000,000 Japón Liechtenstein Luxemburgo Noruega US$1,000,000 US$1,250,000 Nueva Zelandia Países Bajos US$1,000,000 US$1,250,000 Portugal Reino Unido US$1,250,000 Suecia US$1,000,000 Suiza Nota: Si algún Miembro lo considera necesario podrá abonar su contribución al Fondo Fiduciario en plazos anuales iguales durante los tres años sucesivos a la entrada en vigor del presente acuerdo.
Decreto 2763 de 2002 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2763 de 2002 · por el cual se promulga el “Acuerdo por el que se establece el Centro de Asesoría legal en asuntos OMC", hecho en Seattle, el treinta (30) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.