Micelio

Artículo 1

El Ministerio De Salud Publica Será El Organismo Competente, Directamente O Por Intermedio De Los Servicios Seccionales De Salud, Para Ejecutar Las Acciones De Vigilancia Epidemiológica Nacional E Internacional Y El Control Del Saneamiento De Áreas Portuarias, Naves Y Vehículos

Decreto 669 de 1975 · Por el cual se asignan funciones al Ministro de Salud Pública para la organización y funcionamiento de la Sanidad Portuaria, Vigilancia Epidemiológica Nacional e Internacional y Saneamiento de Areas Portuarias, Naves y Vehículos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Salud Publica será el organismo competente, directamente o por intermedio de los servicios seccionales de salud, para ejecutar las acciones de vigilancia epidemiológica nacional e internacional y el control del saneamiento de áreas portuarias, naves y vehículos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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