Micelio

Artículo 13

Decreto 467 de 1960 · Por el cual se da una adecuada organización al Departamento de Instrucción Criminal y a las Seccionales de Instruccióm Criminal y Vigilancia Judicial, dependentes del Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo trece. Siempre que la Corte Suprema de Justicia, los Tribunales Superiores o los Jueces., del conocimiento, necesiten la designación de un Juez de Instrucción Criminal, lo solicitarán al Ministerio de Justicia o a la Jefatura Seccional correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 467 de 1960