Micelio

Artículo 9

Son Funciones De La Oficina De Prensa Y Divulgación Las Siguientes: A) Manejar La Imagen Institucional, La Divulgación Y El Diseño De Programas Y Esquemas De Diversos Géneros De Información Para Todos Los Medios; B) Actualizar Ficheros De Periodista Y Medios De Prensa Y Registrar En Ellos Los Despachos Periódicos; C) Seleccionar Datos E Información Pública De Interés Para La Entidad Y Hacerlos Conocer Internamente; D) Coordinar Todo Lo Pertinente Al Centro De Documentación; Apoyar Y Alimentar El Centro Nacional De Documentación E Información Del Sector Público De Gobierno; E) Responder Por El Archivo De Audio, Video E Impresos; F) Coordinar Con Los Funcionarios Del Ministerio Debidamente Autorizados La Atención A Los Medios De Comunicación; G) Prestar Servicios De Información A Entidades Y Particulares A Nivel Internacional, Nacional Y Regional De Las Actividades Que Tengan Que Ver Con El Ministerio De Gobierno; H) Diseñar Programas De Información Institucional; I) Monitorear Los Medios Masivos De Comunicación (Radio, Prensa, Revistas, Documentos, Tv), Sobre Aspectos Que Interesen Al Ministerio; J) Las Demás Funciones Que Le Sean Asignadas De Acuerdo A La Naturaleza Del Área

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones de la Oficina de Prensa y Divulgación las siguientes

a)

Manejar la imagen institucional, la divulgación y el diseño de programas y esquemas de diversos géneros de información para todos los medios;

b)

Actualizar ficheros de periodista y medios de prensa y registrar en ellos los despachos periódicos;

c)

Seleccionar datos e información pública de interés para la entidad y hacerlos conocer internamente;

d)

Coordinar todo lo pertinente al Centro de Documentación; apoyar y alimentar el Centro Nacional de Documentación e Información del Sector Público de Gobierno;

e)

Responder por el archivo de audio, video e impresos;

f)

Coordinar con los funcionarios del Ministerio debidamente autorizados la atención a los medios de comunicación;

g)

Prestar servicios de información a entidades y particulares a nivel internacional, nacional y regional de las actividades que tengan que ver con el Ministerio de Gobierno;

h)

Diseñar programas de información institucional;

i)

Monitorear los medios masivos de comunicación (radio, prensa, revistas, documentos, TV), sobre aspectos que interesen al Ministerio;

j)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Despacho del Viceministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2035 de 1991