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Artículo 15

Son Funciones Del Consejo Administrativo : Examinar Semanalmente Las Cuentas Del Habilitado, Y Hacer, En Vista De La Situación Del Cuerpo, El Presupuesto De Gastos De La Semana Siguiente, Suministrando Este Dato Al Habilitado Para La Formación De Las Libranzas

Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Consejo administrativo : Examinar semanalmente las cuentas del Habilitado, y hacer, en vista de la situación del Cuerpo, el Presupuesto de gastos de la semana siguiente, suministrando este dato al Habilitado para la formación de las libranzas. Si del examen de la cuenta resultare existencia ó déficit de fondos, esta suma se disminuirá ó aumentará en la libranza del día ; Llevar el libro de actas de las reuniones que se verifiquen ; Expedir las copias de dichas actas que sean incluidas en los respectivos legajos mensuales ; y Suspender del ejercicio de sus funciones á los habilitados siempre que haya lugar á ello por mal manejo de los fondos, dando inmediato aviso al Ministerio de Guerra, á las Oficinas militares superiores, y al Prefecto respectivo, si el hecho tuviere lugar fuera de la capital de la República, para que este funcionario ejerza la atribución que le confiere el artículo 4.° del presente Decreto. Cualquiera de los miembros del Consejo está facultado para exigir la reunión de él, cuando tenga conocimiento de algún hecho que la haga necesaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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