Art. 11. En la conversion en renta sobre el Tesoro al portador de los vales dados en prenda de los empréstitos hechos al Gobierno de la Confederacion Granadina, los nuevos vales se espedirán con los cupones que representen los intereses correspondientes a los semestres de 1.° de marzo de 1868 en adelante¸ i por los cupones correspondientes a dichos vales, que representen intereses anteriores a la citada fecha, se emitirán vales sin interes.
Decreto 18710615 de 1871 →Vigente
Artículo 11
Decreto 18710615 de 1871 · en ejecución de la lei de 26 de abril de 1871, adicional a la de Crédito nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.