Micelio

Artículo 4

Objetivos De Los Consultorios Psicológicos Comunitarios

Ley 2377 de 2024 · por medio de la cual se crean los Consultorios Psicológicos Comunitarios en los programas de psicología de las instituciones de educación superior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

1.

Fortalecer la formación profesional de los estudiantes de Psicolo­gía a través de experiencias en donde se articulan los conocimien­tos teóricos y prácticos a partir de la atención de pacientes con necesidades de apoyo psicológico.

2.

Facilitar el acceso al servicio de salud mental y contribuir a que las personas en situación de vulnerabilidad obtengan una atención psicológico oportuna y de calidad.

3.

Generar conciencia acerca de la incidencia de la salud mental den­tro de la sociedad y la necesidad del apoyo psicológico oportuno a favor de niños y jóvenes en proceso de formación, así como pobla­ción en riesgo como consecuencia de la violencia o abuso.

4.

Promover la atención psicológica de los consultorios psicológicos comunitarios para conjurar las deficiencias del sistema de salud ante la alta demanda de servicio y la imposibilidad de obtener una atención oportuna.

5.

Garantizar el apoyo psicológico integral paro prevenir y tratar tras­tornos psicológicos a través de protocolos de diagnóstico, inter­vención e investigación.

6.

Incentivar la atención psicológica dentro de los ámbitos familiares, escolares y laborales para generar mayor autoconocimiento y con­ciencia personal que contribuya a ambientes de desarrollo sano y a mejorar la convivencia personal y social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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