º. Modifícase el artículo 1º del Decreto número 1415 de mayo 2 de 1986, en el sentido de que las fechas en que se llevará a cabo la comisión de servicios mencionada en el primer considerando, quedarán comprendidas entre el 17 de junio y el 10 de julio de 1986.
Decreto 1944 de 1986 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Artículo 1º Del Decreto Número 1415 De Mayo 2 De 1986, En El Sentido De Que Las Fechas En Que Se Llevará A Cabo La Comisión De Servicios Mencionada En El Primer Considerando, Quedarán Comprendidas Entre El 17 De Junio Y El 10 De Julio De 1986
Decreto 1944 de 1986 · por el cual se modifica el Decreto número 1415 de 2 de mayo de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.