Micelio

Artículo 49

Decreto 1387 de 1970 · Por el cual se dictan disposiciones sobre organización deportiva en el país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarenta y nueve. Disuelta una Federación Deportiva Nacional todos sus haberes, archivos y documentación pasarán en custodia al Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte mientras se procede a la organización de una nueva Federación.

Parágrafo

El Instituto podrá delegar en la Junta Administradora de Deportes respectiva. La facultad de que trata este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1387 de 1970