Micelio

Artículo 2

Ley 62 de 1937 · Por la cual se decreta la construcción de varias obras de utilidad pública en la ciudad de Cartagena y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno Nacional para celebrar con la Compañía del Ferrocarril de Cartagena a Calamar, arreglos tendientes al traslado de la estación y bodegas a un lugar próximo al en que deriva hacia los muelles fluviales y marítimos.

Parágrafo

-Facúltase al Municipio de la misma ciudad de Cartagena para que, una vez adquiridos por la Nación los terrenos que deje libres el traslado de la estación y bodegas dichas, y los de la vía férrea, ubicados entre la actual estación y la construya la Compañía, los utilice en la forma que estime más adecuada al embellecimiento y tráfico de la ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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