ARTICULO 502 . Remisión de cartilla biográfica y copia de la sentencia . Recibida la comunicación de que trata el artículo anterior, el director del establecimiento carcelario donde se encuentre el condenado enviará, a más tardar dentro de los cinco días siguientes, la cartilla biográfica y la copia de la sentencia al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Decreto 2700 de 1991 →Vigente
Artículo 502
Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.