El organizador de manifestaciones deportivas abiertas al público deberá suscribir una póliza de seguros que cubra los riesgos de responsabilidad civil tanto de los partír1pantes como de los espectadores, sin cuya presentación no se le otorgará el permiso correspondiente.
Decreto 839 de 1984 →Vigente
Artículo 19
El Organizador De Manifestaciones Deportivas Abiertas Al Público Deberá Suscribir Una Póliza De Seguros Que Cubra Los Riesgos De Responsabilidad Civil Tanto De Los Partír1pantes Como De Los Espectadores, Sin Cuya Presentación No Se Le Otorgará El Permiso Correspondiente
Decreto 839 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1983
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.