Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) para dar cumplimiento a la presente ley, no solo para la adquisición o construcción del edificio, sino para dotación y demás elementos de enseñanza.
Ley 104 de 1944 →Vigente
Artículo 3
Ley 104 de 1944 · Por la cual se funda una Escuela de Artes y Oficios en la ciudad de Buga
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.