Artículo tercero. Autorizase al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales para que directamente o por contrato lleve a cabo la ejecución de las obras indispensables de entubado de las calles de Armenia, para lo cual el Ministerio de Obras Públicas librada la respectiva orden de pago de anticipo, quedando el Consejo Administrativo en la obligación de rendir cuentas a la contraloría General de la república por las inversiones por este concepto.
Decreto 788 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Decreto 788 de 1952 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -extraordinarios - al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, y se dictan unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.