Micelio

Artículo 13

En Caso De Disolución De La Junta Por Alguna Causa Legal, Los Fondos Y Bienes Administrativos Por Ésta Pasarán A La Respectiva Administración De La Aduana, La Cual Los Mantendrá En Depósito Hasta Cuando Se Resuelva Sobre Su Aplicación Por El Gobierno, Salvo Que Medien Decisiones Judiciales Que Dispongan Cosa Distinta

Decreto 1202 de 1963 · Por el cual se reglamenta la administración de los fondos de sobrantes de servicios extraordinarios de que trata el Decreto 2246 de 6 de agosto 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de disolución de la Junta por alguna causa legal, los fondos y bienes administrativos por ésta pasarán a la respectiva administración de la Aduana, la cual los mantendrá en depósito hasta cuando se resuelva sobre su aplicación por el Gobierno, salvo que medien decisiones judiciales que dispongan cosa distinta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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