Micelio

Artículo 40

Las Personas Que Presten Sus Servicios A La Empresa Tienen El Carácter De Trabajadores Oficiales, Salvo El Gerente, Quien Tendrá La Calidad De Empleado Público, Y Aquellos Otros Que Determine La Junta Directiva Por Ser Empleados De Confianza

Decreto 121 de 1977 · Por el cual se aprueba el acuerdo número 3 de la compañía de informaciones audiovisuales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas que presten sus servicios a la Empresa tienen el carácter de trabajadores oficiales, salvo el Gerente, quien tendrá la calidad de empleado público, y aquellos otros que determine la Junta Directiva por ser empleados de confianza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 121 de 1977