Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1916 con la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000), que llevará la imputación que én seguida se indica:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capítulo 64,
Ferrocarriles.
Artículo 557-A. Para la prolongación del Ferrocarril del Tolima hasta la ciudad de Ibagué, de que trata
Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.