º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 19 de julio de 1991. HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del despacho del ministro, Rodrigo Pardo García-Peña.
Decreto 1823 de 1991 →Vigente
Artículo 8
º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
Decreto 1823 de 1991 · por el cual se determina el tiempo de permanencia en el servicio exterior para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.