Destrucción de residuos y desperdicios . Todos los residuos y desperdicios de comidas provenientes de las aeronaves internacionales que hagan escalas o servicios de cabotaje en los aeropuertos del país, deberás ser destruidos por incineración. Cuando por razones de mal tiempo o de emergencia se tenga que habilitar aeropuertos de navegación nacional para recibir vuelos internacionales, se deberá proceder a la destrucción total de los residuos o desperdicios, si en dichos lugares no existiere posibilidad de incineración. (Decreto número 389 de 1979, artículo 1°)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.13.10.1.1
Destrucción De Residuos Y Desperdicios
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.