º . Dirección. La Dirección del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, Dansocial, estará a cargo del Director del Departamento Administrativo. El Director del Departamento Administrativo cumplirá, además de las funciones previstas en la Constitución Política y en la ley, las siguientes funciones
Ejercer bajo su propia responsabilidad las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley le confiera.
Dirigir, orientar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades y funciones asignadas al Departamento, así como coordinar la gestión de sus dependencias y de los organismos adscritos o vinculados.
Dirigir y orientar la función de planeación del sector administrativo a su cargo, garantizando que sus políticas y planes estén en total armonía con las políticas gubernamentales.
Dirigir, coordinar y controlar los planes y programas del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo correspondiente.
Velar por la conformación del Sistema Sectorial de Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento.
Preparar los proyectos de ley relacionados con su ramo.
Preparar los proyectos de decretos y resoluciones ejecutivas que deban dictarse en ejercicio de las atribuciones que corresponden al Presidente de la República, como suprema autoridad administrativa y dar desarrollo a sus órdenes que se relacionen con tales atribuciones.
Dictar en desarrollo de la ley y los decretos respectivos, las normas necesarias para garantizar el cumplimiento de las funciones y la atención de los servicios que le están asignados al Departamento.
Orientar la implementación de la administración de personal conforme a las normas vigentes sobre la materia.
Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuesto de inversión y funcionamiento que hayan de ser presentados a las autoridades correspondientes y el prospecto de utilización de los recursos del crédito público que se contemplen para el sector a su cargo.
Vigilar el curso de la ejecución del presupuesto correspondiente al Departamento y sus entidades adscritas o vinculadas.
Crear y organizar consejos, comités, comisiones y grupos de trabajo al interior del Departamento, según las necesidades del mismo y designar los respectivos coordinadores.
Dirigir las actividades y operaciones de planeación, promoción, formación, educación, investigación, fomento, protección, fortalecimiento y estímulo del desarrollo empresarial, científico y tecnológico de la Economía Solidaria, necesarios para el cabal cumplimiento de los objetivos y atribuciones del Departamento.
Orientar la elaboración de los anteproyectos de planes o programas de inversión y otros desembolsos públicos correspondientes a su sector y los planes de desarrollo administrativo del mismo.
Aprobar los planes, programas y proyectos del Estado en relación con las organizaciones de la Economía Solidaria, para ser presentados al Departamento Nacional de Planeación.
Promover la incorporación de las políticas, planes y programas del Estado relacionadas con la promoción, fomento y desarrollo de la Economía Solidaria en el Plan Nacional de Desarrollo, en las actividades de los organismos de integración, fomento y apoyo de dicho sector o las que adelanten otras instituciones públicas, privadas, nacionales o internacionales en el mismo.
Asistir o delegar su asistencia, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia a las juntas o consejos directivos que deba presidir el Director del Departamento o de los cuales sea miembro, así como designar los funcionarios que deban asistir a otros consejos, comités o eventos.
Suscribir en nombre de la entidad y de conformidad con el Estatuto General de Contratación Administrativa, la Ley Orgánica de Presupuesto y las demás normas aplicables, los contratos y convenios relativos a los asuntos propios del Departamento.
Dirigir y orientar las actuaciones que en materia de control interno disciplinado deban surtirse en el Departamento.
Garantizar el ejercicio del control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
Presentar los informes de gestión del Departamento al Presidente de la República, al Congreso de la República y a las demás instituciones, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política y la ley.
Autorizar las publicaciones del Departamento y orientar los programas de divulgación que deban adelantarse.
Asistir como invitado con voz pero sin voto, a las deliberaciones del Consejo Nacional de la Economía Solidaria.