Micelio

Artículo 3

La Dirección General De La Policía Nacional Podrá Ordenar El Arresto Por Un Término Hasta De Treinta Días De Los Extranjeros Sindicados De Haber Incurrido En Alguna O Algunas De Las Causales De Expulsión

Decreto 146 de 1944 · Por el cual se dictan unas medidas sobre extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Dirección General de la Policía Nacional podrá ordenar el arresto por un término hasta de treinta días de los extranjeros sindicados de haber incurrido en alguna o algunas de las causales de expulsión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 146 de 1944