°. Creación de la Comisión Departamental para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales . Créase la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales en el orden departamental, la cual estará integrada así
El Gobernador del departamento, quien la presidirá.
El Comandante de Policía del departamento.
El Comandante de las Fuerzas Militares en la respectiva Jurisdicción del departamento.
Actuará como Secretario Técnico de la Comisión, el Secretario de Gobierno o del Interior del Departamento. Serán invitados permanentes
El Director Seccional de Fiscalías.
El Director del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación.
El Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial.
El Procurador Regional.
El Contralor Departamental.
El Presidente de la Colegiatura del Contralor General de la República en el departamento.
El Defensor Regional del Pueblo.
Los Delegados del Registrador Nacional en el orden Departamental.