Micelio

Artículo 2

Decreto 641 De 1964

Decreto 595 de 1963 · Por el cual se reglamenta el artículo 2º de la Ley 143 de 1948, y se organiza una Facultad de Contaduría

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Ministerio de Educación Nacional reglamentará el funcionamiento de la Facultad de que trata el presente Decreto, fijará los requisitos que deba reunir el personal directivo, docente y administrativo, en concordancia con el Departamento Administrativo Nacional del Servicio Civil y la Carrera Administrativa y tomará las demás medidas que considere del caso, para la buena marcha del establecimiento.

Parágrafo

La reglamentación que dicte el Ministerio de Educación Nacional regirá también para la Facultad Nacional de Contaduría, con sede en Bogotá. Estos planteles y los que junto a ellos imparten la enseñanza media comercial, dependerán de la Sección de Educación Comercial del Ministerio de Educación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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