Forma y términos de los recursos . De uno u otro recurso ha de hacerse uso, por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de la notificación personal o al de la desfijación del edicto, según el caso. Transcurridos estos plazos sin que se hubiere interpuesto el recurso, la providencia quedará ejecutoriada.
Decreto 3496 de 1983 →Vigente
Artículo 34
Forma Y Términos De Los Recursos
Decreto 3496 de 1983 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 14 de 1983 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.