Micelio

Artículo 1

Los Almacenes Generales De Depósito Que Establezca El Instituto De Fomento Algodonero En Cumplimiento Del Contrato Celebrado Con La Nación, Prestarán Sus Servicios Para Algodón, Ajonjolí, Maíz, Soya Y Demás Productos Agrícolas Propios De Las Regiones Algodoneras Del País

Decreto 1470 de 1951 · Por el cual se adiciona el Decreto-ley 319 de 15 de febrero de 1949

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los Almacenes Generales de Depósito que establezca el Instituto de Fomento Algodonero en cumplimiento del contrato celebrado con la Nación, prestarán sus servicios para algodón, ajonjolí, maíz, soya y demás productos agrícolas propios de las regiones algodoneras del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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