Cuando se introduzcan alteraciones a las características de una estación de telecomunicaciones, del servicio móvil aeronáutico (OR), sin autorización previa del Ministerio de Comunicaciones, se impondrá una multa equivalente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales. En caso de reincidencia, el valor de la multa será de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales.
Decreto 1029 de 1998 →Vigente
Artículo 35
Cuando Se Introduzcan Alteraciones A Las Características De Una Estación De Telecomunicaciones, Del Servicio Móvil Aeronáutico (Or), Sin Autorización Previa Del Ministerio De Comunicaciones, Se Impondrá Una Multa Equivalente A Diez (10) Salarios Mínimos Legales Mensuales
Decreto 1029 de 1998 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil aeronáutico, y radionavegación aeronáutica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.