Alquiler de infraestructura. En desarrollo de la obligación legal que tiene todos los operadores de TPBC de facilitar la interconexión y el acceso a los bienes empleados para la organización y prestación del servicio, los operadores de TPCLD negociarán directamente, la definición de los aspectos económicos relacionados con el transporte, el servir de operador de tránsito, y las instalaciones suplementarias. La negociación directa de que trata el presente artículo se someterá, en todo evento, al principio de acceso igual cargo igual. En caso de desacuerdo la CRT fijará las condiciones y el precio.
Decreto 2542 de 1997 →Vigente
Artículo 34
Decreto 2542 de 1997 · por medio del cual se reglamenta el proceso de concesión de licencias para el establecimiento de operadores del servicio de Telefonía Pública Básica conmutada de Larga Distancia (TPBCLD) y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.