ARTICULO 21. Comité de Administración - Para todos los efectos de administración del Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Vial y Urbana, funcionará un Comité de Administración que estará conformado por
El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá;
Los Ministros de Transporte, Desarrollo Económico y Salud o sus delegados;
El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, y
Un representante del Presidente de la República.
El Presidente de la Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial S.A., FINDETER, o su delegado, asistirá a las reuniones del Comité de Administración con voz pero sin voto.