Creación y cierre de sedes, oficinas o seccionales de las cámaras de comercio. Las cámaras de comercio podrán abrir sedes, seccionales y oficinas en distintos lugares dentro de su circunscripción territorial para facilitar la prestación y acceso a sus servicios. Para ello deberán cumplir las prescripciones legales y estatutarias, y estarán obligadas a informar esta apertura o el cierre a la Superintendencia de Sociedades a través de una comunicación suscrita por el representante legal dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se adoptó la decisión. Normas concordantes: Artículo 2.2.2.38.1.3. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
Artículo 2.1.3
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.