Micelio

Artículo 6

Capacitación Y Formación Del Talento Humano

Ley 2373 de 2024 · por medio de la cual se promueve el turismo de aves como estrategia de conservación y desarrollo rural y se declara a Colombia como: “País de las aves”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) en articulación con las Cámaras de Comercio, los Gobiernos Territoriales y las Universidades de la Región, desarrollarán programas educativos destinados a la formación y certificación de talento humano requerido en regiones con alto potencial en turismo de aves y actividades relacionadas. con la prestación del servicio.

De igual manera el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) promoverá la formación y certificación de guías turísticos locales de aviturismo en los territorios, de modo tal que sean reconocidas las habilidades, los saberes y experiencias en el desarrollo de la actividad por parte de las comunidades, dentro de los procesos de homologación y bajo los criterios que establezca la entidad para estos efectos.

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) fomentará la formación y certificación de los guias en estrategias de bilingüismo según el marco común europeo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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