Micelio

Artículo 81

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Quejas y Reclamos . Son funciones de la División Quejas y Reclamos, las siguientes

1.

Determinar los procedimientos para atención de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos, en las dependencias de la Policía Nacional.

2.

Tramitar ante las instancias correspondientes por conducto de la Dirección de Participación Comunitaria, las quejas y reclamos relacionados con el servicio de policía.

3.

Ejercer el control de resultados, sobre los trámites y la atención de quejas y reclamos en la Policía Nacional.

4.

Realizar las acciones encaminadas a dar respuesta a las personas que han acudido a este medio de reclamación.

5.

Presentar al Director General por conducto de la Dirección de Participación Comunitaria, informes trimestrales relacionados con el desempeño de sus funciones en la recepción, tramitación y resolución de las quejas y reclamos.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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