Micelio

Artículo 2

Decreto 689 de 1957 · Por el cual se fijan los aportes del Gobierno Nacional para campeonatos nacionales deportivos del presente año

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Las sumas de que trata el artículo anterior, su cobro, su manejo con los fines señalados en el presente Decreto, y las cuentas que deban rendirse a la Contrataría General de la República, estarán a cargo de los respectivos Tesoreros de las Asociaciones Deportivas Nacionales mencionadas en el artículo primero de este Decreto. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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