º Agréganse a las funciones del Resguardo Fluvial las de controlar el cargue y descargue de las embarcaciones mayores, a efecto de comprobar la exactitud de los conocimientos y sobordos y el pago del impuesto fluvial. Comuníquese y publíquese.
Decreto 923 de 1931 →Vigente
Artículo 3
Agréganse A Las Funciones Del Resguardo Fluvial Las De Controlar El Cargue Y Descargue De Las Embarcaciones Mayores, A Efecto De Comprobar La Exactitud De Los Conocimientos Y Sobordos Y El Pago Del Impuesto Fluvial
Decreto 923 de 1931 · POR EL CUAL SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES EN EL RAMO FLUVIAL
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.