Micelio

Artículo 3

Agréganse A Las Funciones Del Resguardo Fluvial Las De Controlar El Cargue Y Descargue De Las Embarcaciones Mayores, A Efecto De Comprobar La Exactitud De Los Conocimientos Y Sobordos Y El Pago Del Impuesto Fluvial

Decreto 923 de 1931 · POR EL CUAL SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES EN EL RAMO FLUVIAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Agréganse a las funciones del Resguardo Fluvial las de controlar el cargue y descargue de las embarcaciones mayores, a efecto de comprobar la exactitud de los conocimientos y sobordos y el pago del impuesto fluvial. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 923 de 1931