º Los pasaportes serán de las siguientes clases
Ordinarios;
Fronterizos;
Provisionales;
Diplomáticos;
Oficiales.
Los pasaportes diplomáticos y oficiales se expedirán de acuerdo con las normas especiales vigentes. CAPITULO II. PASAPORTES ORDINARIOS.
Los Pasaportes Serán De Las Siguientes Clases: A) Ordinarios; B) Fronterizos; C) Provisionales; D) Diplomáticos; E) Oficiales
Decreto 321 de 1994 · por medio del cual se reglamenta la expedición de pasaportes ordinarios, fronterizos, provisionales, y se dictan otras disposiciones sobre la materia
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Los pasaportes serán de las siguientes clases
Ordinarios;
Fronterizos;
Provisionales;
Diplomáticos;
Oficiales.
Los pasaportes diplomáticos y oficiales se expedirán de acuerdo con las normas especiales vigentes. CAPITULO II. PASAPORTES ORDINARIOS.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.