°. A partir del 1° de abril de 1977, la prima de movilización de que trata el literal h) del artículo 10 del Decreto-ley 2140 de 1976, será de dos mil ochocientos pesos.
Decreto 599 de 1977 →Vigente
Artículo 8
A Partir Del 1° De Abril De 1977, La Prima De Movilización De Que Trata El Literal H) Del Artículo 10 Del Decreto-Ley 2140 De 1976, Será De Dos Mil Ochocientos Pesos
Decreto 599 de 1977 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se modifica el régimen de sus prestaciones sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.