Para las constancias sobre recaudación del impuesto y las operaciones respectivas al pago del mismo se suministrarán oportunamente por el Gobierno a los Administradores y Recaudadores de Hacienda Nacional en cada Municipio, libretas especiales, cuyas hojas serán numeradas en serie continua, y contendrán, cada una tres secciones separadas por líneas verticales perforadas. Cada sección irá marcada en el mismo número de la serie que corresponda a la hoja y se destinarán: la primera de la izquierda, a dejar constancia en ella del nombre del contribuyente, de la renta de que disfruta, del impuesto liquidado y de la suma consignada por el semestre respectivo; la segunda contendrá los mismos datos de la anterior, y, firmada por el enterante, se destinará a comprobar la cuenta mensual del Administrador o Recaudador; la tercera cuya leyenda contendrá los datos indicados, constituirá el recibo de lo enterado, el cual, firmado por el Administrador o Recaudador, se entregará al enterante. Las libretas se acompañarán a la cuenta anual de los Administradores o Recaudadores.
Decreto 794 de 1919 →Vigente
Artículo 25
Para Las Constancias Sobre Recaudación Del Impuesto Y Las Operaciones Respectivas Al Pago Del Mismo Se Suministrarán Oportunamente Por El Gobierno A Los Administradores Y Recaudadores De Hacienda Nacional En Cada Municipio, Libretas Especiales, Cuyas Hojas Serán Numeradas En Serie Continua, Y Contendrán, Cada Una Tres Secciones Separadas Por Líneas Verticales Perforadas
Decreto 794 de 1919 · Por el cual se reglamenta la ley 56 de 1918, que establece el impuesto sobre la renta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.