Micelio

Artículo 18

Ley 100 de 1928 · Por la cual se organiza el Instituto Nacional de Samper y Martínez y se dictan otras disposiciones relacionadas con el Asilo de San Rafael de Pasto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La comisión de especialidades farmacéuticas creadas por el artículo 3 de la Ley 11 de 1920 quedara integrada así: Director Nacional de Higiene o en su falta por el Subdirector, Director Científico del Instituto Nacional de Higiene. Químico Jefe de la Sección de Química y Toxicología del Instituto y un Médico especializado en farmacia nombrado por el gobierno. Las decisiones de esta comisión se harán por medio de comisiones que tendrán la misma fuerza obligatoria que las emanadas de Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública.

Parágrafo

Esta comisión tendrá un Secretario. Cuyo sueldo será de cien pesos ($100) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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