Micelio

Artículo 2

Decreto 1046 de 1979 · Por el cual se designa delegación de colombia a la primera reunión trípartita de coordinadores y directores de proyectos de cooperación colombia/pnud/unesco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los comisionados en el artículo anterior tendrán derecho a gastos de transporte aéreo y viáticos con cargo a los proyectos así Col/76/003 lo correspondiente al doctor José N. Revelo Col/76/004 lo correspondiente al doctor Jorge E Ruiz Col/76/005 lo correspondiente al doctor Fernando Chaparro Col/76/006 lo correspondiente a la doctora Himelda Martínez Zuleta Con cargo a cada uno de los proyectos en partes iguales lo correspondiente al doctor Luis Alberto Alfonso Bernal

Parágrafo

No habrá erogación del presupuesto oficial por concepto de viáticos ni gastos de transporte para el cumplimiento de la presente comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1046 de 1979