Dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento del período de prueba la Comisión de Personal de la Cárrera evaluará tanto la eficiencia académica del empleado en los cursos a que se refiere el artículo anterior, como su comportamiento y eficiencia laboral. Para la calificación de la eficiencia académica, la Comisión tendrá en cuenta el informe que rinda el Instituto Colombiano de Estudios Internacionales. Para la calificación del comportamiento atenderá a los informes que deben rendir el Instituto y los jefes inmediatos del empleado con la refrendación de sus superiores jerárquicos. Igualmente los jefes inmediatos que haya tenido el empleado, con la refrendación de su superior jerárquico, informarán a la Comisión sobre la eficiencia laboral del empleado.
Decreto 1745 de 1983 →Vigente
Artículo 12
Dentro De Los 3 Meses Siguientes Al Vencimiento Del Período De Prueba La Comisión De Personal De La Cárrera Evaluará Tanto La Eficiencia Académica Del Empleado En Los Cursos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Como Su Comportamiento Y Eficiencia Laboral
Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.