Micelio

Artículo 11

Del Carácter De Los Funcionarios Que No Acrediten Requisitos

Decreto 1334 de 1990 · por el cual se reglamenta el inciso tercero del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, sobre la inscripción extraordinaria en la Carrera Administrativa de los empleados públicos del subsector oficial de Salud, al servicio de las entidades territoriales y de sus entes descentralizados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del carácter de los funcionarios que no acrediten requisitos. En concordancia con lo estatuido en el inciso primero del artículo 6° de la Ley 61 de 1987, y el artículo 27 de la Ley 10 de 1990, los empleados públicos del Subsector Oficial del Sector Salud, de entidades territoriales o sus entes descentralizados que no acrediten poseer los requisitos para el desempeño del cargo dentro de los términos señalados en el presente Decreto, quedarán de libre nombramiento y remoción, pero si continúan al servicio del mismo organismo, sin solución de continuidad, podrán solicitar su inscripción en la carrera cuando demuestren poseer los requisitos para el empleo que estén ocupando en el momento en que acrediten dicho cumplimiento.

Parágrafo

Para efectos del presente Decreto se entenderá que hay solución de continuidad cuando medien más de quince (15) días hábiles entre el retiro de una entidad y el ingreso a otra del Subsector Oficial del Sector Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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