°. El Consejo de la Orden del Mérito Jurídico estará compuesto así: El Presidente de la República, el Ministro de Justicia, los Presidentes de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado y el Procurador General de la Nación.
Decreto 659 de 1969 →Vigente
Artículo 7
El Consejo De La Orden Del Mérito Jurídico Estará Compuesto Así: El Presidente De La República, El Ministro De Justicia, Los Presidentes De La Corte Suprema De Justicia Y Del Consejo De Estado Y El Procurador General De La Nación
Decreto 659 de 1969 · Por la cual se crea la medalla del mérito profesional en la abogacía para la mujer
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.