Micelio

Artículo 5

Ley 82 de 1914 · Por la cual se atiende a la provisión de sal en los Departamentos del Litoral del Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno queda facultado para rebajar los precios a que se refiere el Artículo 3o. cuando así lo exijan las necesidades de la competencia con sales extranjeras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 82 de 1914