Micelio

Artículo 3

Ley 35 de 1987 · por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 25 años de la fundación de la Universidad Tecnológica de la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como contribución del Estado colombiano en las bodas de plata de la Universidad Tecnológica de Pereira, de conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda, ejecute las siguientes obras de beneficio común, merecedoras del apoyo del Estado, en la ciudad de Pereira así:

a)

Para atender las obligaciones contraídas con el Fondo Nacional de Ahorro, por concepto de prestaciones sociales de sus trabajadores y empleados $100.000.000.00;

b)

Para la terminación y dotación del edificio para la Facultad de Bellas Artes $50.000.000.00;

c)

Para la compra de dotación del sistema de gases y aire acondicionado para los quirófanos del Hospital Universitario San Jorge, de la ciudad de Pereira $50.000.000.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1987