Micelio

Artículo 16

Atribuciones De La Sala Plena

Decreto 2288 de 1989 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 16º. ATRIBUCIONES DE LA SALA PLENA. La Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca tendrá las siguientes atribuciones

1.

Formar cada año la lista de Conjueces, en número doble al de Magistrados que integran la Corporación, teniendo en cuenta la especialidad de cada Sección.

2.

Elaborar cada dos (2) años la lista de Auxiliares de la Justicia de la Corporación.

3.

Elegir los empleados de la Secretaría General y de la Oficina de Información.

4.

Expedir el reglamento de la Corporación.

5.

Resolver los problemas de competencia que surjan entre las Secciones.

6.

Elegir Presidente y Vicepresidente de la Corporación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2288 de 1989